Masacre de Barracas: comienzan los alegatos por el triple lesbicidio y el acusado podría recibir prisión perpetua

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El juicio por el ataque ocurrido en mayo de 2024, en el que murieron Pamela Cobbas, Mercedes Roxana Figueroa y Andrea Amarante, entra en una etapa decisiva. Las querellas expondrán sus acusaciones contra Justo Fernando Barrientos, único imputado, y el miércoles será el turno de la Federación Argentina LGBT+ y de la Fiscalía. La acusación contempla homicidio agravado por odio a la orientación sexual de las víctimas, violencia de género y alevosía, delitos que prevén prisión perpetua.

El juicio oral por la masacre de Barracas comienza este lunes 26 de octubre con los alegatos de las querellas en el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 5 de la Ciudad de Buenos Aires. El proceso busca determinar la responsabilidad penal de Justo Fernando Barrientos, de 69 años, acusado por el asesinato de tres mujeres lesbianas y el intento de homicidio de una cuarta, que sobrevivió al ataque con graves lesiones. La etapa de alegatos constituye una instancia fundamental del debate, ya que las partes deberán presentar sus conclusiones sobre las pruebas reunidas y fundamentar la calificación legal que consideran correspondiente a los hechos investigados.

El ataque ocurrió durante la noche del 5 al 6 de mayo de 2024, en una habitación de una pensión ubicada en la calle Olavarría, en el barrio porteño de Barracas. Allí se encontraban Pamela Cobbas, Mercedes Roxana Figueroa, Andrea Amarante y Sofía Castro Riglos. Según la acusación, Barrientos habría provocado un incendio intencional en el lugar donde dormían las mujeres y posteriormente habría vuelto a atacarlas cuando intentaban protegerse de las llamas. Las cuatro sufrieron quemaduras de extrema gravedad. Cobbas, Figueroa y Amarante fallecieron después de permanecer internadas, mientras que Castro Riglos logró sobrevivir y recibió el alta médica en junio de 2024.

La investigación sostiene que el ataque estuvo relacionado con el odio hacia la orientación sexual de las víctimas y con situaciones de hostigamiento previas. Durante el proceso se incorporaron testimonios sobre insultos y comportamientos discriminatorios que, según las partes acusadoras, formaban parte de un contexto de violencia contra las mujeres. Para las querellas, estos antecedentes resultan relevantes para establecer el móvil del ataque y demostrar que no se trató únicamente de un episodio de violencia individual. La determinación de ese componente discriminatorio constituye uno de los puntos centrales del juicio, debido a sus implicancias jurídicas y al reconocimiento de la violencia ejercida contra las víctimas por su identidad y orientación sexual.

La acusación contra Barrientos contempla homicidio agravado por odio a la orientación sexual de las víctimas, por mediar violencia de género, por alevosía y por la utilización de un medio idóneo para crear un peligro común. Los cargos corresponden a homicidios consumados en los casos de Pamela Cobbas, Mercedes Roxana Figueroa y Andrea Amarante, y a tentativa de homicidio agravado en el caso de Sofía Castro Riglos. De acuerdo con la calificación sostenida por las acusaciones, la pena prevista es prisión perpetua. La condena, sin embargo, deberá ser determinada por el tribunal una vez que concluya el debate y se valoren las pruebas y los argumentos de todas las partes.

En la primera jornada de alegatos está previsto que expongan las querellas que representan a las víctimas y a sus familiares. Entre ellas se encuentra la abogada Luciana Sánchez, representante de Andrea Amarante y de Sofía Castro Riglos, la única sobreviviente del ataque. También participan abogados del Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos del Ministerio Público de la Defensa, que representan a familiares de otras víctimas. Las exposiciones permitirán desarrollar los argumentos sobre la responsabilidad atribuida al acusado, analizar los testimonios incorporados durante las audiencias y solicitar una condena acorde con los delitos que consideran probados.

El miércoles 28 de octubre será el turno de la querella asesorada por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT+), seguida por la intervención del fiscal Juan Manuel Fernández Buzzi. Una vez concluidas las exposiciones de las partes acusadoras, los jueces deberán fijar una fecha para los alegatos de la defensa, que podrían desarrollarse a principios de noviembre. Después de escuchar a todas las partes, el tribunal se tomará un período para analizar los argumentos y comunicar el veredicto. El cronograma definitivo dependerá de las decisiones que adopten los magistrados durante el desarrollo de esta etapa del proceso.

Antes del comienzo de los alegatos, Barrientos declaró por primera vez durante el juicio y negó haber discriminado a las víctimas. En aquella audiencia, el imputado sostuvo que nunca había discriminado a nadie y cuestionó a algunos vecinos de la pensión. Según la abogada Luciana Sánchez, su declaración fue breve y no respondió las preguntas formuladas por las partes. La versión del acusado deberá ser evaluada junto con el resto de los elementos incorporados al debate, entre ellos los testimonios sobre el contexto previo al ataque y las circunstancias en las que se produjo el incendio. Hasta que se dicte una sentencia, corresponde distinguir entre los hechos acreditados durante el proceso y las responsabilidades que todavía debe determinar la Justicia.

La masacre de Barracas trascendió el ámbito judicial y se convirtió en un caso emblemático para las organizaciones que defienden los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y trans. Agrupaciones feministas y de derechos humanos acompañan el juicio y reclaman que la sentencia contemple la gravedad de los hechos y el componente de odio denunciado por las acusaciones. La etapa que comienza será decisiva para conocer los pedidos de condena y los fundamentos jurídicos de cada parte. Mientras las familias de las víctimas esperan justicia y la sobreviviente continúa afrontando las consecuencias del ataque, el tribunal deberá establecer la responsabilidad penal del acusado y determinar una respuesta judicial acorde con las pruebas presentadas.

Fuente: Infonews

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