A través de la Resolución 1899/2026, el Ministerio de Economía formalizó la prórroga del alivio fiscal que había anunciado Luis Caputo durante la Conferencia Industrial de la UIA. La medida suspende el inicio de ejecuciones fiscales y la aplicación de medidas cautelares de ARCA para micro, pequeñas y medianas empresas de los tramos 1 y 2, además de otros sectores alcanzados. El beneficio no implica la condonación de las deudas.
El Gobierno nacional formalizó la prórroga de la suspensión de los juicios de ejecución fiscal y los embargos contra las pequeñas y medianas empresas, una medida que se extenderá hasta el 30 de junio de 2027. La disposición fue establecida mediante la Resolución 1899/2026 del Ministerio de Economía, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y encomienda a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) instrumentar la continuidad del beneficio. La decisión había sido anticipada por el ministro Luis Caputo durante su participación en la 32.ª Conferencia Industrial de la Unión Industrial Argentina (UIA).
La norma alcanza a las micro, pequeñas y medianas empresas de los tramos 1 y 2 que cuenten con el Certificado MiPyME vigente a la fecha de dictado de la resolución, el 29 de octubre de 2026. También contempla a las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes, de acuerdo con los criterios que establezca ARCA. De esta manera, el esquema busca ofrecer un margen adicional a empresas y contribuyentes que enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones tributarias y sostener su actividad económica.
La prórroga incluye, además, a las entidades sin fines de lucro y a los contribuyentes pertenecientes al sector de la salud, que ya estaban contemplados en las extensiones anteriores del régimen. Para estos sectores, la protección se había establecido originalmente a fines de 2024 y fue renovada en distintas oportunidades. El Gobierno argumentó que las circunstancias económicas que motivaron la implementación del mecanismo continúan presentes y justifican mantener la suspensión de las acciones judiciales de cobro.
En términos concretos, la medida impide que ARCA inicie nuevos juicios de ejecución fiscal y aplique determinadas medidas cautelares, como embargos, contra los contribuyentes comprendidos durante el período de vigencia. Esto les permite contar con mayor margen para organizar sus compromisos y administrar sus recursos sin enfrentar, por esas obligaciones alcanzadas, nuevas acciones judiciales de cobro. Sin embargo, la disposición no elimina las deudas tributarias ni establece una condonación de impuestos, intereses o sanciones: únicamente posterga temporalmente el avance de esos procedimientos.
En los fundamentos de la resolución, el Ministerio de Economía destacó el papel de las micro, pequeñas y medianas empresas en la estructura productiva argentina. La normativa señala que este universo concentra una parte importante del empleo y registra un crecimiento de su capacidad exportadora. En función de ese diagnóstico, el Gobierno sostuvo que resulta necesario brindar herramientas que contribuyan al desarrollo de las empresas, la generación de puestos de trabajo y el incremento de las exportaciones.
La decisión se suma a otras medidas anunciadas por Caputo durante el encuentro con empresarios industriales. Entre ellas se encuentra la ampliación del plan de facilidades de pago de ARCA en 18 cuotas para incorporar obligaciones vencidas hasta el 31 de octubre de 2026, cuando el límite anterior llegaba al 30 de junio. También se anunció la posibilidad de que las PyMEs utilicen la totalidad de sus saldos a favor por exportaciones o IVA vinculado a exportaciones para cancelar deudas aduaneras. El paquete incluye, además, nuevas líneas de financiamiento del Banco Nación destinadas a la industria automotriz.
El alivio fiscal llega en un contexto en el que numerosas empresas enfrentan dificultades para sostener su capital de trabajo, afrontar vencimientos tributarios y financiar sus operaciones. Entre los problemas señalados por representantes del sector aparecen el costo del crédito, las demoras en los cobros, la caída de la demanda y las dificultades para competir en el mercado interno. En ese escenario, la suspensión de embargos puede evitar que determinados procedimientos judiciales profundicen los problemas financieros de las firmas alcanzadas, aunque no resuelve por sí misma las dificultades de fondo que atraviesa la actividad productiva.
Con la publicación de la Resolución 1899/2026, el Gobierno convirtió en una disposición formal uno de los principales anuncios realizados ante la UIA. La protección estará vigente hasta el 30 de junio de 2027 y su alcance dependerá de las condiciones establecidas para cada categoría de contribuyente y de la instrumentación que realice ARCA. Para las PyMEs comprendidas, la medida representa un período adicional sin nuevos juicios de ejecución fiscal ni determinadas medidas cautelares, pero las obligaciones tributarias pendientes deberán seguir siendo regularizadas conforme a los mecanismos disponibles.
Fuente: Agencia Noticias Argentinas



