La Secretaría Nacional de Discapacidad revocó la rehabilitación cautelar de pensiones no contributivas para personas que habían sido dadas de baja durante auditorías y no presentaron la documentación requerida. La medida alcanza a más de 21.800 titulares, que tendrán 60 días desde la notificación para solicitar nuevamente el beneficio.
El Gobierno nacional volvió a modificar las condiciones de acceso a las pensiones no contributivas por invalidez laboral. A través de la Resolución 3702/2026, publicada este martes 3 de noviembre en el Boletín Oficial, la Secretaría Nacional de Discapacidad dejó sin efecto la restitución de un grupo de prestaciones que habían sido rehabilitadas en 2025 por una medida cautelar de la Justicia Federal. La decisión alcanza a beneficiarios que habían sido dados de baja durante las auditorías oficiales y que, según el organismo, no presentaron la documentación necesaria para justificar la continuidad de sus ingresos.
La disposición fue firmada por el secretario nacional de Discapacidad, Diego Pablo Masaragian, y revoca para las personas alcanzadas los efectos de la Resolución 13.901/2025 de la entonces Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). Aquella normativa había ordenado restablecer los pagos en cumplimiento de una medida cautelar dictada por el Juzgado Federal N.º 2 de Catamarca, en el marco de una causa colectiva impulsada por el Defensor del Pueblo y otros demandantes.
El Gobierno fundamentó la nueva decisión en que la sentencia de primera instancia que había favorecido a los beneficiarios fue revocada el 12 de febrero de 2026 por la Cámara Federal de Tucumán. A partir de ese fallo, la administración nacional consideró que podía retomar el procedimiento de revisión de las prestaciones y exigir a los titulares que acrediten nuevamente el cumplimiento de los requisitos establecidos para acceder a las pensiones por invalidez laboral.
La medida se suma a las decisiones anunciadas la semana pasada sobre más de 21.800 pensiones que permanecían suspendidas. Según la información oficial, los beneficiarios alcanzados habían sido notificados de las bajas y no habían presentado antecedentes médicos o socioeconómicos suficientes para justificar la rehabilitación. El listado de personas comprendidas se encuentra incorporado en un anexo de la normativa y no fue difundido junto con la publicación principal.
Para evitar que la suspensión se convierta en definitiva, los titulares tendrán un plazo de 60 días corridos desde la notificación fehaciente para solicitar la rehabilitación de la prestación. Entre los requisitos se encuentra la presentación de documentación médica actualizada, la ratificación de los datos personales y la incorporación de antecedentes que permitan acreditar la situación sanitaria y socioeconómica de cada persona. La presentación de los documentos no garantiza una restitución automática: cada expediente será evaluado por las áreas correspondientes.
Los trámites podrán realizarse de manera presencial en dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad y en las agencias y Unidades de Gestión Local del PAMI autorizadas para recibir la documentación. También estarán disponibles la plataforma Trámites a Distancia (TAD), el formulario de consultas del Ministerio de Salud y el correo electrónico citacion@senadis.gob.ar. La resolución, además, contempla la posibilidad de presentar recursos administrativos dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente.
La decisión se conoce en medio de un conflicto creciente entre el Gobierno y las organizaciones vinculadas con la discapacidad. El Foro Permanente de Discapacidad cuestionó las explicaciones oficiales sobre el crecimiento del padrón de pensiones y rechazó las comparaciones realizadas por el vocero presidencial Adrián Ravier con países atravesados por conflictos bélicos. Desde el sector sostienen que la ampliación de las prestaciones respondió, entre otros factores, a la necesidad de garantizar ingresos a personas con discapacidad que se encuentran en situación de pobreza y tienen dificultades para acceder al mercado laboral.
El nuevo procedimiento vuelve a colocar en el centro de la discusión el alcance de las auditorías, las condiciones para acceder a una pensión y la responsabilidad del Estado de garantizar protección social a las personas con discapacidad. Mientras el Gobierno sostiene que busca verificar el cumplimiento de los requisitos, los beneficiarios deberán afrontar un nuevo proceso administrativo para intentar recuperar una prestación que ya había sido restituida por orden judicial. El impacto concreto dependerá de las notificaciones individuales y de las evaluaciones que realice la Secretaría Nacional de Discapacidad.
Fuente: El Destape



