Revés para la reforma laboral: la Justicia declaró inconstitucional la quita del 33% en las indemnizaciones

Cámara Nacionales de apelaciones del Trabajo
Share on facebook
Facebook
Share on pinterest
Pinterest
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn
Share on email
Email

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral. El tribunal consideró que la norma perjudica a los trabajadores que ya iniciaron juicios y vulnera garantías constitucionales como la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.

La reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei recibió un nuevo revés en los tribunales. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, integrada por los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez, declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley 27.802, al considerar que establece un mecanismo de actualización que puede reducir en un 33% el valor de los créditos laborales de trabajadores que tienen juicios en trámite.

El fallo fue dictado en el expediente “Mendiguren, Maximiliano Hernán c/ Lavadero Torino S.A. s/ Despido” y cuestionó específicamente el tratamiento que la nueva legislación establece para los créditos laborales que ya estaban judicializados cuando entró en vigencia la reforma. Para los magistrados, la norma genera una diferencia injustificada entre trabajadores según hayan recurrido o no a la Justicia.

El punto central está en la fórmula establecida por el artículo 55. La legislación fija para estos casos un “piso mínimo” equivalente al 67% del resultado que surgiría de actualizar el crédito mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC), más una tasa de interés pura del 3% anual. En la práctica, esto puede significar una pérdida de aproximadamente un tercio del valor actualizado de la indemnización.

Para el juez Catani, la norma no constituye simplemente una modificación técnica de la forma de calcular intereses. El magistrado sostuvo que implica una “verdadera quita legal” sobre el crédito del trabajador y cuestionó que quien tiene una deuda pueda beneficiarse de su propia demora mientras el trabajador espera una resolución judicial.

El tribunal identificó además tres problemas constitucionales. Por un lado, consideró afectado el derecho de propiedad protegido por el artículo 17 de la Constitución Nacional. También cuestionó la igualdad ante la ley, contemplada en el artículo 16, porque dos trabajadores podrían recibir un tratamiento diferente por el solo hecho de que uno de ellos haya iniciado un juicio antes de la entrada en vigencia de la reforma.

El tercer eje está vinculado con el derecho de los ciudadanos a recurrir a la Justicia. Según el razonamiento del fallo, establecer un régimen menos favorable para quien judicializó su reclamo puede terminar funcionando como una especie de penalización por haber acudido a los tribunales para cobrar una deuda laboral.

El fallo representa un nuevo frente judicial para una reforma que ya genera fuertes controversias. La Sala I no es la primera en cuestionar el artículo 55: anteriormente, la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo también había declarado su inconstitucionalidad. Incluso hubo pronunciamientos similares en tribunales laborales de distintas provincias.

Pero el panorama judicial está lejos de ser uniforme. Mientras algunas salas consideran que el artículo vulnera derechos constitucionales, las Salas II y VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo sostuvieron la constitucionalidad de la norma y rechazaron planteos realizados por trabajadores. Esta diferencia de criterios podría terminar llevando la discusión hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La decisión fue recibida con satisfacción por sectores sindicales, especialmente por la CGT, que viene impulsando una estrategia judicial para limitar algunos de los alcances de la reforma laboral. El fallo vuelve a colocar a los tribunales como uno de los principales escenarios de disputa alrededor de la legislación laboral promovida por el Gobierno.

Así, mientras el oficialismo defiende la reforma como una herramienta para modificar las reglas del mercado laboral y reducir los conflictos judiciales, distintos tribunales empiezan a poner límites a determinados artículos. La pelea por la reforma laboral, lejos de estar cerrada, ahora suma un nuevo capítulo en la Justicia: indemnizaciones, derechos constitucionales y el valor de los juicios laborales quedaron nuevamente en el centro de la discusión.

Scroll al inicio