La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) oficializó la desregulación en la importación de ciertos productos destinados al cuidado personal, tales como cosméticos e insumos de higiene, siempre que se trate de artículos de uso individual.
La medida fue oficializada a través de la disposición 3562/2025 publicada en el Boletín Oficial de la fecha. Allí, el Gobierno confeccionó una amplia lista de productos que ya no requerirán la autorización del organismo para ingresar al país.
En el texto oficial, se detalló que la nueva normativa busca “equilibrar la libertad del usuario con una operación más dinámica”, en línea con la política de desregulación que impulsa la actual administración. Sin embargo, la flexibilización también traslada la responsabilidad a quienes decidan importar estos productos.
En este sentido, la administración dejó en claro que “la importación y utilización de dichos productos quedarán bajo la exclusiva responsabilidad del usuario final”, lo que implica que serán estas personas quienes asuman los riesgos derivados de su adquisición y uso. Al mismo tiempo, se estableció una limitación clave: “Se encuentra prohibida la comercialización y/o utilización, con fines de lucro y/o distribución gratuita, de estos”.
En la disposición el Gobierno detalló los productos que ya no requerirán la autorización de ANMAT para ser importados son:
Pastas dentales y enjuagues bucales
Pañales descartables para bebés y adultos,
Toallitas femeninas
Protectores diarios y absorbentes de leche materna
Tampones
Colectores del flujo menstrual, incluida la copa menstrual
Fuente: La Nueva Mañana