El máximo tribunal redujo de 72 a 24 horas el plazo para consolidar la incorporación de dos conjueces al expediente que cuestiona la derogación de la Ley de Tierras Rurales mediante el DNU 70/23. La causa podría derivar en una medida cautelar que vuelva a establecer restricciones para la compra de campos por parte de extranjeros.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación aceleró los tiempos para resolver una causa que vuelve a poner en discusión uno de los puntos más sensibles del DNU 70/23: la derogación de la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales. El máximo tribunal dispuso reducir de 72 a apenas 24 horas el plazo para que quede firme la incorporación de los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, quienes fueron convocados luego de que los tres integrantes actuales de la Corte —Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— no alcanzaran una posición común para avanzar en el expediente.
La decisión tiene relevancia porque el expediente no está cerrado y contiene un pedido de medida cautelar que podría modificar provisoriamente el escenario generado por la derogación de la normativa. De acuerdo con la información judicial publicada, si la Corte hiciera lugar a esa solicitud, podrían volver a regir las restricciones que limitaban la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. Por eso, la reducción del plazo procesal aparece como una señal de que el tribunal busca avanzar rápidamente hacia una nueva definición sobre un conflicto que combina dimensiones constitucionales, ambientales, territoriales y económicas.
El origen de esta nueva instancia judicial está en una presentación de la Asociación Civil Árbol de Pie, junto con otros actores, que cuestionaron la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/23. La organización sostiene que la eliminación de la Ley de Tierras afecta la protección ambiental, la biodiversidad, los recursos naturales y derechos colectivos vinculados con comunidades indígenas y sus territorios. La demanda había sido presentada inicialmente ante la Justicia Federal de Bariloche en diciembre de 2023, pero posteriormente fue derivada a la Cámara Federal de La Plata sin que se resolviera el fondo del planteo.
El expediente cobró nuevo impulso después de que la Corte Suprema rechazara la demanda promovida por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM), que también había cuestionado la derogación de la Ley de Tierras. En ese caso, los tres jueces del máximo tribunal consideraron que la organización no contaba con legitimación suficiente para impulsar el proceso colectivo. Sin embargo, la propia Corte aclaró posteriormente que aquella resolución había sido una decisión de carácter procesal y que no implicaba pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/23 ni impedía que otros expedientes relacionados con la cuestión continuaran su trámite.
La diferencia resulta central para entender por qué el debate vuelve ahora al máximo tribunal. Mientras el planteo del CECIM fue rechazado por una cuestión vinculada con la legitimación para promover la acción, la causa impulsada por Árbol de Pie presenta otro fundamento jurídico, relacionado especialmente con la protección ambiental, la biodiversidad y los derechos de comunidades indígenas. Los demandantes incluso pidieron que se establezca expresamente que el fallo referido al CECIM no cierre la posibilidad de analizar sus propios argumentos y títulos de legitimación.
La Ley de Tierras Rurales, sancionada en 2011, establecía límites a la propiedad extranjera sobre tierras rurales, entre ellos un tope general del 15% de las tierras rurales del país en manos de extranjeros, además de restricciones vinculadas con nacionalidad, titularidad y determinadas zonas consideradas estratégicas. El artículo 154 del DNU 70/23 dispuso su derogación. Desde entonces, la discusión sobre si esas restricciones debían mantenerse, modificarse o desaparecer quedó atravesada por dos posiciones contrapuestas: por un lado, quienes sostienen que las limitaciones pueden obstaculizar inversiones y el ingreso de capital extranjero; por otro, quienes consideran que la tierra constituye un recurso estratégico cuya concentración y extranjerización requiere límites específicos.
El conflicto también excede los tribunales. La decisión anterior de la Corte generó movilizaciones y reclamos de organizaciones sociales, sindicales, políticas y de excombatientes, mientras que distintos sectores buscan que el Congreso vuelva a intervenir sobre el DNU 70/23. La oposición convocó una sesión especial para el 15 de octubre con el objetivo de discutir el megadecreto, que incluye la derogación de la Ley de Tierras entre numerosas modificaciones introducidas desde 2023. El debate legislativo y el judicial avanzan así por carriles diferentes, aunque sobre un mismo núcleo de fondo: qué límites debe tener la propiedad extranjera sobre el territorio argentino.
Ahora, con Barroetaveña y Pérez Curci convocados como conjueces y un plazo extraordinariamente reducido para consolidar la integración, la Corte quedó nuevamente frente a una definición que podría tener consecuencias concretas sobre el régimen de tierras rurales. Todavía no existe una decisión sobre la medida cautelar ni sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/23. Lo que sí cambió es el ritmo del expediente: el máximo tribunal decidió acelerar el procedimiento y dejó la causa a las puertas de una nueva resolución.
Fuente: Noticias Argentinas



