La Prestación por Desempleo está destinada a trabajadores registrados que perdieron su empleo bajo determinadas condiciones. El beneficio contempla un pago mensual, obra social y asignaciones familiares durante el período correspondiente. Desde abril de 2026, el monto tiene un mínimo de $178.900 y un máximo de $357.800.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene vigente la Prestación por Desempleo, un beneficio destinado a trabajadores registrados que quedaron sin empleo por determinadas causas. El mecanismo busca brindar un ingreso temporal durante el período posterior a la desvinculación laboral y mientras la persona procura reincorporarse al mercado de trabajo. No se trata de una prestación universal, sino de un beneficio sujeto a requisitos vinculados con la trayectoria laboral y los aportes realizados al sistema.
El beneficio alcanza principalmente a trabajadores en relación de dependencia comprendidos por la Ley de Contrato de Trabajo, aunque también existe un régimen específico para el personal de casas particulares. Entre las situaciones que pueden habilitar el acceso se encuentran los despidos sin justa causa, la finalización de contratos y determinadas causas externas que producen la pérdida involuntaria del empleo. ANSES analiza la documentación presentada para determinar si corresponde otorgar la prestación.
Uno de los requisitos centrales está relacionado con los aportes. Para los trabajadores comprendidos por el régimen general, se debe acreditar un mínimo de seis meses de aportes dentro de los tres años anteriores a la finalización de la relación laboral. Existen condiciones particulares para trabajadores eventuales, de temporada, de la construcción y otros regímenes específicos, por lo que la cantidad de meses requeridos puede variar según la actividad y el tipo de contratación.
La normativa también establece situaciones que dejan a una persona fuera de la prestación. Entre ellas figuran quienes perciben determinadas prestaciones previsionales o no contributivas, quienes trabajan como autónomos o monotributistas y quienes desarrollan actividades que no realizan aportes al Fondo Nacional de Empleo. Tampoco corresponde el beneficio cuando la desvinculación se produjo por determinadas modalidades, como una renuncia o retiro voluntario, de acuerdo con las condiciones establecidas por ANSES.
En cuanto al monto, ANSES establece que el cálculo inicial toma como referencia el 75% de la mejor remuneración neta mensual, normal y habitual de los últimos seis meses trabajados. Sin embargo, el resultado está sujeto a los topes establecidos por el organismo. Desde el 1° de abril de 2026, la Prestación por Desempleo tiene un piso de $178.900 y un techo de $357.800 mensuales.
La duración del beneficio tampoco es igual para todos los trabajadores. El período de cobro depende del tiempo efectivamente trabajado y de los aportes realizados al Fondo Nacional de Empleo durante los años previos a la finalización de la relación laboral. Por ese motivo, ANSES determina la cantidad de cuotas que corresponden en cada caso en función de la historia laboral registrada.
Además del ingreso mensual, quienes acceden a la prestación mantienen durante su vigencia determinados derechos asociados. Entre ellos se encuentran la cobertura de obra social y, cuando corresponde, el cobro de asignaciones familiares. El período durante el cual se percibe la prestación también es computado a los efectos previsionales, de acuerdo con las condiciones establecidas por la normativa vigente.
Para iniciar el trámite es importante respetar el plazo establecido. ANSES indica que la solicitud debe realizarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la finalización de la relación laboral. Una vez superado ese período, se descuenta un día de prestación por cada día hábil transcurrido, por lo que no resulta conveniente demorar la presentación. El trámite es gratuito.
La solicitud puede iniciarse de manera virtual mediante Atención Virtual de ANSES, utilizando CUIL y Clave de la Seguridad Social, o de forma presencial en una oficina del organismo con turno previo. Para acreditar la situación de desempleo se debe presentar la documentación correspondiente al motivo de la desvinculación, como telegrama de despido, carta documento, contrato vencido u otros comprobantes según cada situación. De esta manera, el organismo verifica la historia laboral y la documentación antes de determinar el acceso al beneficio.
Fuente: ANSES



