La Justicia reconoció una relación laboral detrás de un supuesto canje por formación en coaching

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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó que una mujer que realizaba tareas administrativas en un centro de coaching tenía una relación laboral no registrada. El tribunal consideró determinantes los horarios, las instrucciones y los mensajes de WhatsApp que acreditaron la prestación de servicios.

La Justicia laboral confirmó la existencia de una relación de dependencia no registrada detrás de un supuesto intercambio de horas de trabajo por capacitación en coaching. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que las tareas realizadas por una mujer en un centro de coaching y consultorios no constituían una colaboración ocasional, sino que formaban parte del funcionamiento habitual del establecimiento.

El fallo fue dictado el 12 de junio en la causa “Montes de Oca Sabrina Paola c/ Alvarez María Inés y otro s/ despido” y confirmó que la trabajadora mantenía un vínculo laboral con Quetzal Asociación Civil. Las demandadas habían sostenido que la prestación se encuadraba dentro de un “canje”: la mujer realizaba determinadas horas de trabajo a cambio de recibir formación en coaching dentro del mismo establecimiento.

Sin embargo, los jueces analizaron las tareas concretas que desarrollaba y concluyeron que estaban directamente vinculadas con la actividad cotidiana del lugar. Según los testimonios incorporados al expediente, la trabajadora se encargaba de recepción, administración, organización de turnos, comunicación con pacientes, elaboración de planillas y control de pagos, funciones que excedían una colaboración ocasional o informal.

Uno de los elementos centrales para la Cámara fue precisamente la naturaleza de esas tareas. El tribunal consideró que la prestación estaba integrada a la estructura habitual del establecimiento y que, además, uno de los propios testigos presentados por las demandadas reconoció que el supuesto intercambio consistía en realizar horas de trabajo a cambio de la capacitación. Para los jueces, esa circunstancia no eliminaba las características propias de un vínculo laboral.

Los mensajes de WhatsApp también tuvieron un peso determinante en la decisión. Una pericia informática permitió incorporar conversaciones en las que aparecían instrucciones relacionadas con turnos, pacientes, caja, documentación y horarios. Para la Cámara, esos intercambios demostraron que la trabajadora no actuaba con autonomía, sino dentro de una organización en la que recibía directivas y debía cumplir determinadas tareas y horarios.

Entre los mensajes analizados figuraban indicaciones para registrar turnos, ordenar historias clínicas y consultas vinculadas con el horario de trabajo. Ese material fue interpretado por los jueces como evidencia de una prestación organizada y subordinada. En consecuencia, la explicación basada exclusivamente en la existencia de un “canje” no resultó suficiente para desvirtuar la presunción prevista por el artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo.

La Cámara también analizó la responsabilidad de María Inés Álvarez, presidenta de Quetzal Asociación Civil. Los magistrados aclararon que ocupar la presidencia de una asociación no convierte automáticamente a una persona en empleadora, pero entendieron que en este caso existían elementos adicionales: Álvarez participaba de la dirección y administración cotidiana, impartía instrucciones y supervisaba las tareas realizadas por la trabajadora. Por ese motivo, extendieron solidariamente la condena respecto de determinadas partidas.

La condena alcanzó un monto de $713.684,17 más los accesorios correspondientes. El caso deja así un criterio relevante para situaciones en las que una prestación de servicios intenta presentarse como intercambio, voluntariado, colaboración o beneficio por capacitación: para la Justicia, lo determinante no es solamente el nombre que las partes le dan al acuerdo, sino cómo se desarrolla realmente el trabajo, qué tareas se realizan, bajo qué horarios y si existen órdenes y subordinación.

Fuente: InfoGremiales

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