El máximo tribunal rechazó los recursos presentados por los militares condenados por la muerte del joven de 22 años, ocurrida en junio de 2022 en una unidad del Ejército en Paso de los Libres. También desestimó los planteos de la fiscalía y la querella que buscaban agravar las penas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas contra siete exmilitares por la muerte de Matías Ezequiel Chirino, el joven cordobés de 22 años que falleció en junio de 2022 tras ser sometido a un violento ritual de bienvenida en el Grupo de Artillería de Monte 3, ubicado en la ciudad correntina de Paso de los Libres. Con esta decisión, el máximo tribunal cerró la instancia de revisión extraordinaria y confirmó las penas establecidas por la Cámara Federal de Casación Penal.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron los planteos presentados por las defensas de los condenados. También desestimaron los recursos impulsados por la fiscalía y la querella, que pretendían que los hechos fueran encuadrados como homicidio simple y que se revisaran algunas de las absoluciones dictadas durante el proceso. De esta manera, quedó firme la calificación penal de abandono de persona seguido de muerte y abuso de autoridad.
El episodio ocurrió durante la noche del 18 de junio y la madrugada del 19 de junio de 2022, en el Casino de Oficiales del Grupo de Artillería de Monte 3. Chirino, oriundo de Holmberg, localidad del departamento Río Cuarto, había egresado recientemente del Colegio Militar y se encontraba próximo a incorporarse a su primer destino como oficial del Ejército. Junto con otros dos subtenientes recién llegados, fue convocado a una cena que debía funcionar como una ceremonia de bienvenida.
Sin embargo, lo que fue presentado como una instancia de camaradería terminó convirtiéndose en una sucesión de prácticas abusivas. De acuerdo con lo acreditado durante la investigación judicial, oficiales de mayor jerarquía sometieron a los jóvenes a órdenes humillantes y exigencias denigrantes, aprovechándose de su posición dentro de la estructura militar. Entre ellas se incluyeron el consumo excesivo de bebidas alcohólicas, ejercicios físicos y la obligación de sumergirse en una pileta pese a las bajas temperaturas.
Como consecuencia de esas prácticas, Chirino sufrió una intoxicación alcohólica severa y perdió el conocimiento. En lugar de recibir asistencia médica inmediata, fue dejado sobre un colchón en el piso, sin abrigo ni calefacción adecuada. Las pericias determinaron que murió por asfixia mecánica por broncoaspiración de contenido gástrico, es decir, por el ingreso de material vomitado a las vías respiratorias. La investigación estableció que los militares involucrados habían generado una situación de riesgo y omitido prestar la asistencia necesaria cuando el joven ya no podía valerse por sí mismo.
En noviembre de 2024, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes había condenado a seis militares a ocho años de prisión. Posteriormente, en diciembre de 2025, la Cámara Federal de Casación Penal revisó las penas y las redujo: Luis Facundo Acosta y Claudio Andrés Luna recibieron siete años y seis meses; Rubén Darío Ruiz y Hugo Reclus Martínez Tárraga, siete años; mientras que Darío Emanuel Martínez y Exequiel Emanuel Aguilar fueron condenados a seis años y seis meses. Además, Casación revocó la absolución de Gerardo Sebastián Bautista y le impuso una pena de seis años y seis meses de prisión.
Por otra parte, el tribunal de Casación confirmó las absoluciones de Franco Damián Grupico y Claudia Daniela Cayata. La fiscalía y la querella habían cuestionado el encuadre jurídico de los hechos y reclamado que se aplicara la figura de homicidio simple, pero ese planteo no prosperó. La mayoría de los jueces consideró que correspondía mantener la responsabilidad penal por abandono de persona seguido de muerte y abuso de autoridad, sin que se acreditaran los requisitos necesarios para la calificación más grave solicitada por las partes acusadoras.
Con el rechazo de los recursos ante la Corte Suprema, las condenas quedaron firmes y los siete exmilitares deberán responder por su responsabilidad en el caso. La muerte de Matías Chirino se convirtió en uno de los episodios más graves vinculados con los denominados rituales de iniciación dentro de las Fuerzas Armadas y volvió a poner en discusión las prácticas abusivas sostenidas en relaciones de jerarquía y obediencia. La resolución judicial representa el cierre de una etapa del proceso, aunque también deja planteado el debate sobre los mecanismos de control y prevención para evitar que ceremonias de bienvenida encubran situaciones de violencia institucional.
Fuente: La Nueva Mañana



