Un secreto a voces en Indio Rico: ocultó a su hijo por 33 años y la Justicia le impuso una indemnización multimillonaria

Judiciales
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Tras un extenuante proceso judicial que se extendió durante dos décadas, la Cámara de Apelación de Bahía Blanca ratificó una condena ejemplar contra un acaudalado terrateniente. El hombre deberá abonar más de 100 millones de pesos a su hijo biológico por vulnerar su derecho a la identidad, además de financiarle la compra de una vivienda y su tratamiento psicológico.

El fuero Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires dictó una sentencia bisagra en materia de derecho a la identidad y reparación de daños y perjuicios dentro del ámbito familiar. Un reconocido y próspero productor agropecuario de la localidad bonaerense de Indio Rico fue condenado a pagar una indemnización de unos 100 millones de pesos a su hijo biológico, a quien se negó a reconocer formalmente durante 33 años pese a tratarse de una paternidad conocida y comentada públicamente por todos los habitantes del pueblo.

La contienda judicial tuvo sus primeros pasos cuando la madre del joven, quien trabajaba en tareas de limpieza para sostener a su familia, inició la demanda por filiación cuando su hijo contaba con apenas 15 años. Sin embargo, la persistente resistencia del demandado y diversos entramados burocráticos dilataron el trámite durante casi dos décadas. Al alcanzar la mayoría de edad, el propio joven asumió el impulso de la causa hasta lograr que la justicia confirmara mediante análisis biológicos lo que la comunidad rural ya daba por sentado.

La Sala I de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca desestimó los recursos presentados por el terrateniente y confirmó la sentencia de primera instancia. En su fallo, los magistrados enfatizaron que la filiación y el reconocimiento de un hijo no constituyen una opción voluntaria o discrecional para el progenitor, sino un deber legal insoslayable cuyo incumplimiento deliberado causa severos daños morales, patrimoniales y emocionales.

El fallo judicial puso especial énfasis en la abismal brecha socioeconómica que el accionar del demandado provocó en la vida de su hijo. Mientras el padre consolidaba un patrimonio millonario poseyendo campos e inmuebles rurales por cientos de miles de dólares, el joven debió criarse en medio de severas carencias económicas, trabajando como peón de albañil para subsistir y viendo frustrado su proyecto personal de cursar estudios universitarios en medicina veterinaria.

Para fijar el monto reparatorio, los jueces evaluaron los peritajes psicológicos, los cuales determinaron que el demandante padece una incapacidad del 10% vinculada directamente al trauma del abandono, la baja autoestima y la estigmatización provocada por el rechazo explícito de su padre biológico. Por este motivo, la condena incluyó la obligación estricta de costear un tratamiento psicológico semanal con una duración mínima de dos años.

Asimismo, el tribunal determinó que la compensación económica debe ser equivalente al valor de mercado de una propiedad de tres ambientes, con el objetivo explícito de garantizarle al hijo el acceso al techo propio que su progenitor le negó durante toda su etapa de formación y juventud. Los camaristas sostuvieron que la retribución económica busca equilibrar, al menos de forma tardía, la privación de derechos y oportunidades que sufrió el joven.

En su defensa, el productor rural pretendió argumentar que desconocía el vínculo o que la pequeñez del pueblo impedía probar un ocultamiento malicioso. No obstante, los jueces rechazaron de plano esa postura, recordando que la relación afectiva previa entre la madre y el demandado era pública en los clubes y eventos locales, por lo que resultaba imposible que el hombre no se “representara” con absoluta claridad la certeza de su paternidad desde el primer momento.

Con la ratificación de la Cámara bahiense, el fallo sienta un trascendental precedente judicial que refuerza la protección de los hijos no reconocidos. La sentencia deja en claro que la vulneración del derecho a la identidad por parte de progenitores con capacidad económica no solo acarrea la filiación forzosa, sino también duras sanciones patrimoniales destinadas a reparar de manera integral las secuelas materiales y psicológicas del abandono.

Fuente: El Destape

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