Pastoral Social, Endepa y Cáritas expresaron su preocupación por la vigencia del artículo 154 del DNU 70/2023, luego del reciente fallo de la Corte Suprema. Las organizaciones de la Iglesia señalaron que existe riesgo de una venta sin límites de tierras rurales a extranjeros y reclamaron que los poderes del Estado intervengan para proteger el territorio nacional.
La discusión sobre la propiedad de las tierras rurales volvió a ocupar un lugar central en la agenda nacional después de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocara una sentencia de la Cámara Federal de La Plata relacionada con el artículo 154 del DNU 70/2023. La resolución del máximo tribunal generó preocupación en distintos sectores, entre ellos organismos vinculados a la Iglesia Católica, que volvieron a reclamar límites a la adquisición de tierras rurales por parte de capitales y personas extranjeras.
A través de un comunicado conjunto, Pastoral Social, Endepa y Cáritas manifestaron su preocupación ante la posibilidad de que se produzca una venta sin límites de tierras a extranjeros. Las organizaciones señalaron que el fallo del máximo tribunal del pasado 29 de septiembre dejó vigente el artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras Rurales 26.737 y, con ella, las restricciones que regulaban la adquisición y posesión de campos por parte de personas físicas y jurídicas extranjeras.
La Ley 26.737, sancionada en 2011, establecía un conjunto de límites destinados a regular el dominio extranjero sobre las tierras rurales argentinas. Entre sus principales disposiciones se encontraba un tope general del 15% del territorio rural para la titularidad extranjera, además de restricciones específicas vinculadas con determinadas zonas y cuerpos de agua. La derogación de ese régimen mediante el DNU 70/2023 abrió una controversia política y judicial que todavía no está definitivamente resuelta.
La Corte Suprema intervino a partir de una demanda presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM). La Cámara Federal de La Plata había declarado previamente la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU, pero el máximo tribunal revocó esa sentencia al considerar que la organización que había promovido la acción no contaba con legitimación suficiente para llevar adelante ese planteo. De acuerdo con una aclaración posterior de la propia Corte, el tribunal no resolvió en ese expediente la cuestión de fondo vinculada con la constitucionalidad del régimen de tierras.
La aclaración de la Corte resulta relevante porque el fallo fue interpretado públicamente como una habilitación para la compra irrestricta de tierras por parte de extranjeros. El máximo tribunal explicó posteriormente que su decisión se limitó a una cuestión procesal y que todavía existen otros procesos judiciales relacionados con la materia. También señaló que cualquier persona u organización que considere inconstitucional el régimen vigente puede solicitar una medida cautelar, por lo que la discusión sobre el fondo de la normativa continúa abierta.
Para Pastoral Social, Endepa y Cáritas, sin embargo, la situación requiere una respuesta de los distintos poderes del Estado. Las organizaciones retomaron un planteo que ya habían realizado anteriormente y apelaron a la responsabilidad de legisladores, funcionarios del Poder Ejecutivo y autoridades judiciales para que intervengan en defensa de la tierra y del territorio argentino. En su comunicado, vincularon el cuidado de los recursos territoriales con el bienestar de la población y con la necesidad de preservar bienes considerados estratégicos para el país.
El debate también se trasladó al Congreso de la Nación. La vigencia del artículo 154 del DNU 70/2023 mantiene abierta la discusión sobre el futuro de las restricciones a la propiedad extranjera de tierras rurales. En paralelo, distintos dirigentes y sectores políticos impulsaron iniciativas para intentar revertir los efectos de la derogación de la Ley de Tierras. El escenario legislativo se suma así a los procesos judiciales que todavía deben definir cuestiones vinculadas con el régimen de propiedad rural.
La cuestión tiene además una dimensión particular en las zonas de frontera y en territorios considerados estratégicos por sus recursos naturales. La antigua Ley de Tierras contemplaba restricciones adicionales en determinadas áreas, mientras que la discusión actual incluye cuestiones relacionadas con el acceso a recursos hídricos, la soberanía territorial y la concentración de grandes extensiones de tierra. Estos argumentos forman parte de las posiciones de quienes reclaman recuperar límites específicos para la propiedad extranjera.
En este contexto, el pronunciamiento de las organizaciones de la Iglesia vuelve a colocar el tema de la tierra en el centro de una discusión que combina aspectos jurídicos, económicos, ambientales y políticos. Pastoral Social, Endepa y Cáritas insistieron en que las autoridades deben asumir la responsabilidad de proteger el territorio y pidieron que la cuestión sea abordada por las instituciones correspondientes. Mientras tanto, la Corte dejó en claro que su reciente decisión no definió la constitucionalidad de la Ley de Tierras ni del artículo 154 del DNU, por lo que la controversia de fondo permanece abierta y podría continuar tanto en los tribunales como en el Congreso.
Fuente: Política Argentina



