La Corte aclaró su fallo sobre la Ley de Tierras: el DNU sigue vigente, pero la discusión de fondo no está resuelta

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Tras la polémica generada por su decisión sobre la Ley de Tierras, la Corte Suprema aclaró que no se pronunció sobre la constitucionalidad del DNU 70/2023. El tribunal explicó que resolvió una cuestión procesal y que cualquier persona o entidad legitimada puede presentar medidas cautelares contra la derogación de la norma.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación salió a aclarar el alcance de su reciente fallo sobre la Ley de Tierras, luego de las distintas interpretaciones que generó la decisión. El máximo tribunal explicó que su resolución no definió si es constitucional o no el artículo 154 del DNU 70/2023, mediante el cual el Gobierno de Javier Milei derogó la Ley 26.737, que establecía límites a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.

El pronunciamiento de la Corte había revocado una sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras. Sin embargo, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti señalaron que la causa no podía avanzar porque el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata, que había iniciado el reclamo, no contaba con legitimación suficiente para promover esa acción colectiva. Por ese motivo, el tribunal no ingresó en el análisis de fondo sobre la validez del DNU.

En su aclaración, la Corte sostuvo que existen otras vías judiciales abiertas y que cualquier persona que considere que el régimen establecido por el DNU afecta sus derechos puede solicitar una medida cautelar. El tribunal remarcó que su decisión no impide que otras organizaciones o particulares planteen judicialmente la cuestión de fondo, siempre que cumplan con los requisitos correspondientes para hacerlo.

La consecuencia inmediata del fallo es que el artículo 154 del DNU 70/2023 vuelve a estar vigente y, por lo tanto, la Ley 26.737 permanece derogada a nivel nacional. La normativa había establecido, entre otras restricciones, un límite máximo del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales a nivel nacional, provincial y departamental, además de otras condiciones para la adquisición de determinados inmuebles.

La aclaración de la Corte también dejó explícitamente abierta la discusión en el Congreso. El Senado había rechazado el DNU 70/2023 en marzo de 2024, pero la Cámara de Diputados todavía no se había pronunciado sobre el decreto. Una eventual aprobación del rechazo en Diputados tendría consecuencias sobre el conjunto del DNU, mientras que otra alternativa sería que el Congreso sancione una nueva ley para establecer nuevamente límites a la propiedad extranjera de tierras rurales.

El tema volvió así al centro de la agenda política nacional. La oposición anunció una sesión especial en Diputados para el 15 de octubre con el objetivo de avanzar sobre el DNU 70/2023 y revertir sus efectos sobre la Ley de Tierras. La convocatoria se produce en paralelo a las movilizaciones de organizaciones políticas, sociales y sindicales que cuestionan la derogación de las restricciones a la propiedad extranjera.

Desde el oficialismo, el presidente Javier Milei respaldó el fallo de la Corte y destacó que el tribunal actuó dentro de sus atribuciones. La controversia política, sin embargo, continúa abierta porque la propia Corte aclaró que todavía no existe una definición sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU ni sobre la vigencia futura del régimen de tierras.

De esta manera, el escenario queda abierto en tres frentes: el judicial, donde pueden presentarse nuevos planteos contra el régimen; el legislativo, donde Diputados podría tratar el DNU; y el político, donde continúa el debate sobre los límites a la adquisición extranjera de tierras rurales. Por ahora, la derogación de la Ley de Tierras permanece vigente, pero la Corte dejó expresamente establecido que no resolvió la cuestión de fondo y que todavía puede volver a pronunciarse si llega a su jurisdicción un caso que cumpla con los requisitos correspondientes.

Fuente: Primereando las noticias

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