Máximo Kirchner propuso un impuesto a la salida de capitales en plena disputa por los fondos provinciales

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El diputado nacional presentó un proyecto para crear el Impuesto a las Transferencias Internacionales de Capital (ITIC), con una alícuota general del 3% y un recargo hasta el 5% para operaciones con destino a jurisdicciones de baja o nula tributación. La iniciativa estima una recaudación mínima de $2,89 billones y plantea que el 60% se distribuya entre provincias y municipios.

El diputado nacional Máximo Kirchner presentó en el Congreso un proyecto de ley para crear el Impuesto a las Transferencias Internacionales de Capital (ITIC), un nuevo tributo destinado a determinadas operaciones que impliquen la salida efectiva de capitales de la Argentina. La iniciativa establece una alícuota general del 3% y contempla un adicional de dos puntos porcentuales cuando los fondos tengan como destino jurisdicciones de baja o nula tributación.

El proyecto fue presentado en un contexto de fuerte discusión entre el Gobierno nacional y las administraciones provinciales por la distribución de recursos. Según los fundamentos de la iniciativa, entre 2023 y 2025 las transferencias automáticas de Nación a provincias y municipios se redujeron 8,4% en términos reales, mientras que las transferencias no automáticas registraron una caída del 72,8%. Esos datos forman parte de los argumentos utilizados por los impulsores del proyecto para plantear una nueva fuente de financiamiento federal.

El mecanismo propuesto alcanzaría operaciones realizadas mediante el mercado de cambios, operaciones de Contado con Liquidación (CCL) y transferencias al exterior de divisas, valores negociables o activos virtuales. El proyecto contempla como sujetos alcanzados a personas humanas y jurídicas, sucesiones indivisas, fideicomisos, trusts, fundaciones y otras estructuras, tanto residentes como no residentes, en los casos establecidos por la normativa propuesta.

La iniciativa también establece una serie de operaciones que quedarían excluidas del nuevo gravamen. Entre ellas aparecen determinadas importaciones de bienes y servicios registradas y trazables, operaciones vinculadas con salud y educación y ciertos financiamientos externos destinados a infraestructura, bienes de capital, inversión productiva o innovación tecnológica. Tampoco se propone gravar la compra de dólares, bonos, CEDEARs o fondos comunes de inversión cuando esos activos permanezcan dentro del país.

En el caso de los activos virtuales, el proyecto contempla operaciones realizadas mediante exchanges, plataformas, billeteras, custodios y otras modalidades cuando la operación implique que los fondos o activos queden disponibles en el exterior. De esta manera, el alcance buscado no se limita a las transferencias bancarias tradicionales, sino que incorpora distintos mecanismos utilizados actualmente para movilizar capitales internacionalmente.

Uno de los principales puntos de la propuesta es el destino de la recaudación. El proyecto estima un ingreso mínimo de aproximadamente $2,89 billones y plantea que el 60% sea distribuido entre provincias y municipios para financiar infraestructura sanitaria, educativa y hospitalaria, obras de vivienda y trabajos viales. Además, las jurisdicciones que adhieran deberían transferir a sus municipios al menos el 30% de los recursos que reciban por este concepto.

El 40% restante tendría asignaciones específicas. La propuesta contempla distribuirlo en partes iguales entre salud y discapacidad, educación, jubilaciones y pensiones, y medicamentos y atención médica del PAMI. El esquema busca, según los fundamentos del proyecto, vincular la recaudación de las operaciones alcanzadas con áreas consideradas prioritarias por sus impulsores.

La aplicación del eventual impuesto quedaría bajo la órbita de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), con participación del Banco Central y la Comisión Nacional de Valores dentro de sus respectivas competencias. La propuesta todavía debe atravesar el proceso legislativo en el Congreso, por lo que su alcance definitivo, su eventual aprobación y las condiciones de aplicación dependerán del tratamiento parlamentario.

Fuente: Política Argentina

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