Empleados de comercio cerraron un nuevo acuerdo salarial para la rama cerealera

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La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios alcanzó un nuevo entendimiento salarial para los trabajadores encuadrados en la Rama Cerealera del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. El acuerdo contempla un incremento del 5,7% en tres tramos, una suma extraordinaria no remunerativa de $50.000 y la incorporación progresiva de otros $120.000 al salario básico.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, FAECYS, alcanzó un nuevo acuerdo salarial destinado a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, específicamente en la Rama Cerealera. El entendimiento fue resultado de las negociaciones mantenidas con CONINAGRO, la Federación de Acopiadores y el Centro de Exportadores de Cereales, y establece una serie de mejoras que comenzarán a impactar en los haberes correspondientes al período julio-septiembre de 2026.

Uno de los puntos centrales del acuerdo es un incremento salarial total del 5,7%, que será aplicado en tres tramos mensuales, nominales y no acumulativos. Según lo establecido, los trabajadores recibirán un aumento del 1,9% correspondiente a julio, otro 1,9% en agosto y un último tramo del 1,9% en septiembre. Los porcentajes se calcularán tomando como referencia los salarios básicos convencionales vigentes en junio de 2026, junto con las sumas no remunerativas existentes hasta ese momento.

Debido a que el acuerdo fue formalizado durante agosto, el incremento correspondiente al mes de julio deberá ser liquidado junto con los haberes de agosto. De esta manera, los trabajadores alcanzados por el entendimiento percibirán en la próxima liquidación tanto la actualización salarial pendiente como otros conceptos previstos dentro de la revisión paritaria. El acuerdo también establece plazos específicos para el pago de las sumas acordadas, con vencimiento anticipado previsto para el 21 de agosto de 2026.

Además del aumento porcentual, las partes acordaron el pago de una suma extraordinaria no remunerativa y no acumulativa de $50.000 por única vez. Este monto será abonado en dos cuotas de $25.000, correspondientes a los meses de julio y agosto, y deberá figurar en los recibos de sueldo bajo la denominación “Suma No Remunerativa Única – Revisión 2026”. Para los trabajadores con jornadas reducidas, contratos a tiempo parcial o modalidades discontinuas, el importe será proporcional al tiempo efectivamente trabajado.

Otro de los aspectos destacados del entendimiento es el futuro destino de una suma fija no remunerativa de $120.000. El acuerdo establece que ese monto será incorporado gradualmente al salario básico convencional a partir de diciembre de 2026. La integración se realizará en seis cuotas mensuales de $20.000, que se extenderán desde diciembre hasta mayo de 2027, momento en el que la totalidad de la suma quedará incorporada definitivamente a las escalas salariales.

El nuevo acuerdo no alcanza a la totalidad de los trabajadores mercantiles, sino específicamente a quienes se encuentran encuadrados en el CCT 130/75 de la Rama Cerealera. Se trata de empleados vinculados a actividades de acopio y movimiento de productos, dentro de un sector que mantiene una clasificación empresarial diferenciada según el volumen anual de toneladas operadas. Esta división continúa siendo utilizada para establecer las escalas salariales básicas correspondientes a cada segmento de la actividad.

Las empresas comprendidas dentro del convenio se encuentran divididas en tres sectores. El primero incluye a aquellas que registran hasta 25.000 toneladas anuales de acopio o movimiento; el segundo comprende a las que superan las 25.000 toneladas y llegan hasta las 75.000; mientras que el tercer sector abarca a las empresas que superan ese volumen. Esta clasificación resulta determinante para la aplicación de las escalas salariales y forma parte de la estructura vigente dentro de la negociación colectiva de la rama.

Finalmente, las partes dejaron abierta la posibilidad de volver a reunirse en octubre de 2026 para analizar la evolución de la situación económica y el impacto que puedan tener las variaciones de precios y otros indicadores sobre los salarios pactados. El acuerdo fue presentado ante la Secretaría de Trabajo de la Nación para avanzar en su proceso de homologación. Mientras ese trámite permanezca pendiente, los empleadores deberán igualmente cumplir con el pago de las sumas devengadas en los plazos establecidos en el acta, de acuerdo con las condiciones alcanzadas durante la negociación.

Fuente: Mundo Gremial
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