El Fondo Burford recurrirá al tribunal de arbitraje del Banco Mundial. También realizará una presentación ante la Corte de Apelaciones. Intentan dar marcha atrás con la resolución que le evitó al país pagar más de 16.000 millones de dólares por la estatización de la compañía.
Los demandantes en el caso YPF intentarán revertir el fallo que le evitó pagar a la Argentina más de 16.000 millones de dólares por la expropiación de la compañía en 2012.
En una presentación ante la jueza Loretta Preska -quien había fallado contra el país-, los representantes legales de los fondos Petersen y Eton Park, financiados por Burford Capital para accionar contra la Argentina, comunicaron que pronto presentarán el caso ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).
El CIADI es una institución arbitral que pertenece al Grupo del Banco Mundial. Su función es establecer las reglas y prestar la infraestructura para que las partes (generalmente un Estado e inversores) resuelvan sus diferencias. Sus laudos son obligatorios y tienen la misma fuerza que una sentencia firme en los tribunales locales de los países miembros, sin posibilidad de apelación en fueros nacionales.
Además, los demandantes pedirán una revisión del fallo a la Corte de Apelaciones, algo que deberán hacer antes del 8 de mayo, puntualizó el abogado especialista en litigios internacionales Sebastián Marill. También solicitaron a la jueza Preska que autorice el uso de material confidencial utilizado en su corte para la demanda que pronto presentarán en el tribunal de arbitraje.
“Los Demandantes tienen la intención de solicitar una revisión adicional de dicha decisión ante los tribunales de los EE. UU., también van a iniciar un arbitraje internacional contra Argentina y han notificado a la República a tal efecto“, sintetizan los demandantes en el escrito que presentaron ante la magistrada.
El 27 de marzo pasado, la Cámara de Apelaciones de Nueva York revocó la sentencia de Preska que obligaba a Argentina a pagar más 16.000 millones de dólares en concepto de indemnización por la estatización de YPF en 2012. La resolución también dejó sin efecto la orden de transferir las acciones bajo control argentino a los demandantes.
El tribunal consideró que de acuerdo con la ley argentina, el estatuto de una empresa no constituye un contrato que genere una responsabilida de daños en caso de incumplimiento. Por otro lado, sostuvo que la ley argentina de expropiación tiene prioridad sobre el estatuto de la empresa.
Fuente: Filo news



