La medida, que en principio tiene una validez de seis meses, garantiza la plena validez de los convenios colectivos suscriptos por la entidad, protegiendo así las condiciones laborales y los beneficios vigentes para los trabajadores del sector.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) informó que el Juzgado Federal N° 2 de San Martín dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de los artículos 131 y 133 de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802.
Esta resolución judicial, con una vigencia inicial de seis meses, garantiza la plena validez de los convenios colectivos suscriptos por la entidad, incluyendo el CCT 130/75 y sus acuerdos derivados, protegiendo así las condiciones laborales y los beneficios vigentes para los trabajadores del sector, indicó.
El fallo ordena al Estado Nacional abstenerse de aplicar las modificaciones que limitaban la ultraactividad de los convenios y establecían nuevos topes a los aportes sindicales.
De esta manera, la Justicia asegura la continuidad de todas las cláusulas convencionales y establece que las empresas deben mantener la retención y el depósito de las contribuciones solidarias pactadas, fundamentales para el funcionamiento de las organizaciones gremiales, señaló el gremio.
fUENTE: La Nueva Mañana



