El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, sancionó este domingo una ley que establece la presunción absoluta de vulnerabilidad en casos de violación de menores de 14 años o personas con enfermedades mentales que les impidan tener el discernimiento necesario para el acto.
La nueva legislación, sancionada en el marco del Día Internacional de la Mujer, modifica el Código Penal para cerrar cualquier margen de interpretación judicial que pudiera atenuar la responsabilidad del agresor.
Con esta medida, se ratifica que el consentimiento de la víctima o su historial previo no tienen validez jurídica si se trata de menores de 14 años o personas incapaces de ofrecer resistencia.
“Ya no hay lagunas jurídicas que permitan relativizar los hechos”
“Con este cambio en nuestro Código Penal, ya no hay lagunas jurídicas que permitan relativizar los hechos, ni posibilidades de que los abusadores intenten eludir las penas alegando, por ejemplo, que las relaciones fueron consentidas o que no dieron lugar a un embarazo”, comentó Lula en sus redes sociales.
La ley, que entra en vigor tras la sanción, determina que no existe el consentimiento legal en actos sexuales con menores de 14 años, independientemente de la voluntad expresada por la víctima.
Eso hace que argumentos como la existencia de una relación afectiva previa o la supuesta “experiencia sexual” de la víctima ya no podrán ser utilizados por la defensa para desestimar el carácter delictivo.
Según el Gobierno, el objetivo primordial es unificar el criterio judicial y evitar fallos que relativicen la violencia sexual basándose en el comportamiento o contexto social de la víctima.
Un fallo indignante
El proyecto cobró urgencia tras la indignación nacional que provocó un fallo de un tribunal en el estado de Minas Gerais, que absolvió a un hombre de 35 años que violó a una niña de 12, bajo el argumento de que ambos mantenían una “relación estable” y que la menor había quedado embarazada fruto de ese vínculo.
Al dictar la absolución del hombre y de la madre de la niña, el magistrado Magid Nauef Láuar argumentó que el acto no derivó de “violencia o coacción”, sino de un “vínculo afectivo consensuado” vivido “a la vista de todos”, que contaba con la aprobación de los padres de la víctima.
La sentencia desató una ola de repudio que provocó la intervención inmediata del Consejo Nacional de Justicia (CNJ), que resultó en la destitución del magistrado y en una orden de investigación policial por presuntos delitos sexuales cometidos por el propio exjuez.
Fuente: Pagina 12



