El Ministerio de Economía estableció un límite máximo anual de $27.200 millones para el recupero de saldos de IVA de empresas de servicios públicos que reciben subsidios o compensaciones tarifarias del Estado nacional. El sector energético concentrará $24.500 millones, mientras que transporte tendrá $2.500 millones y el resto de las actividades contará con $200 millones.
El Gobierno nacional estableció un nuevo límite para el régimen que permite a determinadas empresas de servicios públicos recuperar saldos acumulados del Impuesto al Valor Agregado (IVA) vinculados con actividades que reciben subsidios, compensaciones tarifarias o asistencia económica estatal. A través de la Resolución 1759/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía fijó el cupo anual en $27.200 millones para atender las solicitudes correspondientes a créditos fiscales generados durante 2025 y a saldos de ejercicios anteriores que todavía se encuentren en condiciones de ser recuperados.
El mecanismo está contemplado en la Ley de IVA y alcanza a entidades que desarrollan actividades calificadas como servicios públicos cuando las tarifas que cobran se encuentran reducidas debido a la percepción de subsidios, compensaciones tarifarias o fondos de asistencia económica otorgados por el Estado nacional. El régimen permite recuperar determinados créditos fiscales originados en el IVA abonado por la compra, elaboración o importación de bienes, así como por contrataciones de obras y servicios efectivamente destinados a esas actividades.
La distribución del nuevo cupo establece una fuerte concentración en el sector energético. De los $27.200 millones disponibles, $24.500 millones estarán destinados a empresas vinculadas con energía, mientras que el sector del transporte contará con un máximo de $2.500 millones. Para las restantes actividades económicas alcanzadas por el régimen se reservó un cupo de $200 millones. De esta manera, el sector energético concentra aproximadamente el 90% del monto total fijado por Economía.
La resolución precisa que el límite se aplicará a las solicitudes correspondientes a saldos acumulados cuyo derecho al cómputo de los créditos fiscales se haya generado durante 2025. También contempla saldos correspondientes a períodos anteriores que se encuentren en condiciones de ser recuperados y que no hayan sido procesados previamente dentro de los límites máximos establecidos para cada ejercicio. La medida busca ordenar la utilización del beneficio fiscal dentro de un cupo anual determinado por el Ministerio de Economía.
La decisión de Economía mantiene una metodología que viene siendo utilizada en los últimos años. La normativa oficial recuerda que desde 2019 se establecieron sucesivos límites anuales para el recupero de estos saldos de IVA. En 2025, por ejemplo, el Ministerio había fijado un cupo de $26.500 millones, de los cuales $24.500 millones correspondían al sector energético, $1.800 millones al transporte y $200 millones a otras actividades.
El nuevo límite también debe observarse en relación con el esquema presupuestario vigente. La Ley de Presupuesto 2026 había establecido un límite anual de $30.000 millones para otro régimen de recuperación de saldos de IVA correspondiente a las solicitudes del ejercicio 2026, bajo el mecanismo de asignación determinado por Economía. La resolución publicada ahora se refiere específicamente al régimen de recupero de saldos vinculados con créditos fiscales generados durante 2025 y períodos anteriores pendientes de recuperación.
Desde el Gobierno, la medida se encuadra en las disposiciones de la Ley de Impuesto al Valor Agregado y su decreto reglamentario. La Resolución 1759/2026 fue firmada por el ministro de Economía, Luis Caputo, y establece formalmente el monto máximo anual y su distribución entre los sectores alcanzados. La normativa no modifica la existencia del régimen de recupero, sino que determina el volumen máximo de recursos que podrá destinarse durante el período contemplado por la resolución.
Con esta decisión, el Gobierno vuelve a establecer un esquema de cupos para ordenar el recupero de créditos fiscales de empresas de servicios públicos que reciben asistencia estatal. El mayor volumen queda concentrado en energía, seguida por transporte, mientras que el resto de las actividades tendrá una participación significativamente menor. El alcance efectivo de la medida dependerá de las solicitudes que presenten las empresas y de su encuadre dentro de los requisitos establecidos por la legislación tributaria y la resolución ministerial.
FUENTE: Noticias Argentinas



