La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la ampliación de la personería gremial del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFyB) y rechazó los recursos presentados por organizaciones de empleados de farmacia y de la sanidad. El fallo vuelve a poner en discusión cómo debe definirse el encuadre sindical de los profesionales universitarios.
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la ampliación de la personería gremial del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFyB), en una resolución que involucra una disputa por la representación sindical de los profesionales del sector. La decisión rechazó los recursos presentados por la Asociación de Empleados de Farmacia (ADEF) y la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina (ATSA), dejando firme la representación reconocida al sindicato que conduce Marcelo Peretta.
El eje del fallo está relacionado con el criterio que debe utilizarse para determinar qué organización sindical representa a un trabajador que posee una profesión específica. La resolución retoma un dictamen elaborado en 2014 por el entonces fiscal general del Trabajo Eduardo Álvarez, según el cual en el caso de profesionales debe considerarse especialmente el título y la profesión del trabajador, además de la actividad económica de la empresa en la que presta servicios.
De esta manera, la discusión judicial contrapone dos formas de organización sindical. Por un lado, aparecen los denominados sindicatos verticales, cuya representación se estructura alrededor de una determinada actividad económica y que pueden incluir distintas categorías laborales. Por otro, el SAFyB se presenta como una organización horizontal o profesional, cuyo ámbito de representación está definido por la profesión de farmacéuticos y bioquímicos.
El Ministerio Público Fiscal había señalado que la controversia no podía resolverse únicamente a partir de la cantidad de afiliados de cada organización. En el caso del SAFyB, el dictamen consideró que existe un interés sindical diferenciado vinculado con la formación técnica y profesional de sus integrantes, además de las normas que regulan específicamente el ejercicio de las profesiones farmacéutica y bioquímica, entre ellas las leyes 17.565 y 17.132.
La disputa enfrentó al SAFyB con organizaciones que sostienen la representación de trabajadores vinculados con la actividad de farmacia y de sanidad. Según informó InfoGremiales, desde el sindicato de farmacéuticos cuestionaron los planteos de las entidades que apelaron la ampliación de su personería y señalaron que no habrían acreditado afiliaciones ni presentado determinada documentación durante las instancias administrativas. Esos argumentos corresponden a la posición expresada por el SAFyB en el marco de la disputa.
El antecedente tiene además relación con una resolución judicial previa sobre el encuadre de profesionales farmacéuticos. En 2022, la Justicia había determinado, en una causa vinculada con trabajadores de una farmacia sindical de Córdoba, que los profesionales con título de farmacéutico debían quedar comprendidos en un convenio específico y no en el convenio correspondiente a los empleados de farmacia. En aquella oportunidad también se consideró la especificidad profesional como fundamento para la representación sindical.
Para el SAFyB, el nuevo fallo representa una ratificación de su planteo de que los profesionales farmacéuticos y bioquímicos no deben ser incorporados automáticamente a sindicatos definidos exclusivamente por la actividad del empleador. El gremio sostuvo que el criterio podría tener consecuencias para otras profesiones universitarias con matrícula y regulación específica, aunque el alcance concreto dependerá de cómo se aplique el precedente a futuras controversias de encuadre sindical.
La resolución vuelve así a instalar una discusión de alcance más amplio dentro del movimiento sindical: cómo se determina la representación de trabajadores profesionales cuando existe superposición entre un sindicato organizado por actividad y otro constituido alrededor de una profesión. En este caso, la Cámara Nacional del Trabajo confirmó la ampliación de la personería del SAFyB, mientras que las organizaciones que habían recurrido la decisión quedaron fuera de ese reconocimiento. El fallo puede convertirse en un antecedente para futuras disputas sobre representación y encuadramiento de profesionales.
Fuente: InfoGremiales



