ARCA habilitó la exención del impuesto al cheque para billeteras y proveedores cripto

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó nuevas exenciones al impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios, conocido como impuesto al cheque. La medida beneficia a proveedores de servicios de activos virtuales, empresas de pagos electrónicos y otros operadores del sistema financiero digital, con el objetivo de adecuar la normativa a la evolución tecnológica y equiparar el tratamiento tributario entre distintos actores del mercado.

El Gobierno nacional avanzó con una nueva modificación en el régimen del impuesto al cheque mediante una reglamentación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La iniciativa amplía el universo de actividades exentas del tributo y busca acompañar el crecimiento del ecosistema fintech y de los servicios financieros digitales, incorporando beneficios para sectores que hasta ahora tenían un tratamiento impositivo diferente.

Uno de los cambios más relevantes incorpora una exención específica para las cuentas utilizadas exclusivamente por los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), es decir, las empresas vinculadas a la compraventa, custodia o intermediación de criptomonedas y otros activos digitales. Para acceder al beneficio, las firmas deberán estar inscriptas en el registro correspondiente de la Comisión Nacional de Valores (CNV) y registrar las cuentas ante ARCA.

La reglamentación también amplía las exenciones para las empresas dedicadas a servicios electrónicos de pagos y cobranzas por cuenta y orden de terceros. A partir de ahora, quedarán alcanzados por el beneficio los movimientos relacionados con depósitos o entrega de efectivo en cuentas bancarias o de pago, incluyendo las cuentas utilizadas por agentes oficiales de estas compañías cuando sean empleadas exclusivamente para esas operaciones.

Otro de los sectores beneficiados será el de las empresas que administran fondos de terceros destinados a operaciones de cobranza para consumidores finales. Asimismo, la norma incorpora ventajas para las firmas que operan sistemas de tarjetas de crédito, compra y débito, eximiendo determinados movimientos financieros vinculados a préstamos destinados a financiar su actividad y a la emisión y cancelación de obligaciones negociables relacionadas con ese objetivo.

La modificación también elimina una restricción vigente desde 2021 que impedía aplicar exenciones cuando las operaciones estuvieran vinculadas con criptoactivos. De esta manera, el Gobierno equipara el tratamiento fiscal de los operadores registrados del sector cripto con el que ya tenían otros participantes del sistema financiero, una demanda que la industria venía planteando desde hace varios años.

Desde el Poder Ejecutivo sostienen que la actualización normativa responde al crecimiento de la economía digital y a la necesidad de adaptar la legislación tributaria a nuevas modalidades de pago y de prestación de servicios financieros. Además, consideran que las modificaciones contribuyen a reducir costos operativos y mejorar la competitividad de empresas que cumplen funciones similares a las entidades financieras tradicionales.

La entrada en vigencia de estas exenciones representa un cambio importante para el ecosistema fintech argentino. Si bien el impuesto al cheque continúa vigente para la mayoría de las operaciones bancarias, el nuevo esquema reduce la carga tributaria sobre determinados actores de la economía digital, promoviendo un marco regulatorio más homogéneo para billeteras virtuales, plataformas de pagos y proveedores de servicios vinculados a los activos digitales.

Fuente: Ámbito Financiero

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