Para la Justicia fue excesivo el despido de un trabajador con 22 años de antiguedad que se llevó de la empresa «esponjitas, rejillas, trapo de piso y franela»

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Así lo definió la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Consideró que es desproporcionado el despido del trabajador que se apropió de insumos de trabajo de escaso valor. Ordenó el pago de la indemnización.

En un fallo con fecha del 13 de noviembre de 2025, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que el despido como sanción resultó «desproporcionado» porque sin procurar minimizar la gravedad de los hechos constatados, «que sin lugar a duda configuraron un incumplimiento del deber de buena fe que debe de regir las relaciones laborales» se debió observar el principio de gradualidad y proporcionalidad.

La firmó acusó y comprobó que el trabajador se había apropiado de insumos de trabajo de escaso valor, por lo que para la jueces no justificaron por excesivo el despido de quien contaba con una antigüedad de veintidós años en la empresa y que no registraba antecedentes disciplinarios de peso vinculados a hechos similares a los que motivaron el distracto.

En la sentencia queda comprobado que el personal de seguridad al efectuar un control sobre la mochila que llevaba el actor detectan el intento de sustraer elementos de limpieza consistentes en «un trapo de piso blanco, un trapo rejilla, una franela y tres esponjitas verdes tipo virulana».

«Reitero, no se trata de restarle gravedad a la falta cometida, ni justificar inconductas como las aquí analizadas, sino de señalar que, ante la bagatela de apropiarse de los citados artículos de limpieza, la demandada tenía a su disposición la facultad de aplicar hasta treinta días de suspensión y de esa forma sancionar adecuadamente el incumplimiento del actor», señala la sentencia.

Y agrega: «No se puede pasar por alto, que al sancionarse al trabajador con la máxima sanción que prevé la legislación, se lo privó de su sustento diario, de allí que no pueda equipararse «un trapo de piso blanco, un trapo rejilla, una franela y tres esponjitas verdes tipo virulana» al derecho del trabajador de no verse privado arbitrariamente de su puesto de trabajo, en cual, reitero -a riego de parecer repetitiva- conservó de forma honrada a lo largo veintidós años».

Por ello el Magistrado concluyó que el despido con causa dispuesto por la demandada fue injustificado y condenó a ESPEJO S.A. a pagar la indemnización por despido al actor en cuestión.

Fuente: Infogremiales

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