El Ministerio de Economía de la Nación intentó eliminar del Registro de Asociaciones de Consumidores a la lomense Asociación de Derecho de Usuarios y Consumidores (Adduc) y un fallo judicial lo impidió.
Un fallo de la Cámara de Apelaciones platense revocó una sanción del ministerio de a Adduc, que previamente le había dado la baja del Registro de Entidades de Asociaciones de Consumidores (RENAC), en lo que los daminificados consideraron una medida de “persecución y hostigamiento” por su reiterada defensa de los consumidores frente a Edesur y las empresas de medicina prepaga.
El fallo limita las atribuciones del Poder Ejecutivo Nacional, que intentó utilizar el manejo del registro como herramienta de disciplinamiento. Uno de los momentos de máxima tensión se dio el verano pasado, cuando el gobierno decidió cerrar el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (Coprec) y Adduc estuvo a la cabeza de la lucha contra la medida.
El organismo había sido creado por la Ley 26.993 de 2015, tras una larga militancia de las organizaciones del sector y permitía a los consumidores acceder a una instancia de resolución de conflictos de manera rápida, gratuita y sin necesidad de recurrir a la justicia.
Bien lomense
Adduc opera desde 1995, tiene personería jurídica desde 2000 y presenta regularmente sus balances y libros ante las autoridades. Con sede en Lomas de Zamora, de donde es oriundo su titular, tiene un fuerte arraigo territorial.
De hecho, fue la primera de su tipo en definir un alcance territorial como estrategia porque, según su titular, “el que intenta estar en todos lados, al final no está en ninguno”. “Nosotros molestamos, porque no nos callamos nada y esto fue un intento de silenciarnos” dijo en diálogo con Buenos Aires/12 el titular de la organización, Osvaldo Bassano.
Durante los últimos años, Adduc estuvo al frente de reclamos contra Edesur, participó de audiencias públicas del ENRE y litigó con éxito contra las prepagas, que se vieron obligados a devolver importes de aumentos indebidos. Ante la consulta acerca de cuál de los lobbies afectados por su accionar pudo estar detrás de la iniciativa oficial, Bassano sostuvo que “es difícil saberlo, pero suponemos que es un combo de cosas”.
El abogado también sostuvo que “si lograban su objetivo, el uso arbitrario del registro Renac iba a convertirse en una herramienta de castigo político-administrativo, en abierta violación de los principios de participación ciudadana y control social reconocidos por la Constitución Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor“.
Según la resolución de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata, el organismo ministerial rechazó indebidamente el recurso directo previsto en el artículo 45 de la Ley 24.240 —vía judicial destinada a impugnar sanciones— y lo “recondujo” como un simple recurso administrativo de reconsideración, lo que en los hechos impedía un control judicial independiente sobre la decisión estatal.
Los jueces Jorge Eduardo Di Lorenzo y César Álvarez, integrantes del tribunal, recordaron que es la justicia y no la administración quien debe decidir si un recurso directo es formalmente admisible, y advirtieron que el cumplimiento inmediato de la medida podía causar “un perjuicio de difícil reparación ulterior”.
Fuente: Pagina 12