El Banco Central endurece el cepo para acceder a dólares financieros para gerentes de bancos

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En un intento por calmar el mercado de los dólares financieros, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) endureció el cepo al dólar para gerentes y accionistas de financieras y sus familiares, quienes deberán esperar 90 días para comprar dólares financieros si operaron previamente en el mercado cambiario oficial. Entre el miércoles y el jueves, el Central vendió 432 millones de dólares para intentar contener la suba de la cotización de la divisa, pero así y todo no pudo evitar que el dólar rompiera el techo de la banda cambiaria y se fuera hasta los $1.515.

Las medidas dispuestas en la Comunicación “A” 8332, publicada recientemente por el Banco Central se añaden a la Normativa Exterior y Cambios del BCRA, más específicamente a la sección 3.8 que regula la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos en forma de billetes y/o depósitos.

Desde ahora, los bancos deberán contar con una declaración jurada del cliente en la que dejen constancia que este se compromete a no concertar, de manera directa o indirecta o por cuenta de terceros, compras de títulos valores con liquidación en moneda extranjera dentro de los 90 días posteriores a haber comprado dólares en el mercado cambiario oficial. Afecta a los siguientes usuarios: 

  • Un accionista que en forma directa o indirecta posea el 5 % o más del capital social y/o del total de los votos de los instrumentos con derecho de voto emitidos por una entidad financiera.
  • Director —o autoridad equivalente— de una entidad financiera o máximo responsable local de las sucursales de entidades financieras del exterior.
  • Síndico o integrantes del Consejo de Vigilancia de una entidad financiera.
  • Funcionario con rango de gerente o equivalente o superior de una entidad financiera.
  • Una persona que encuadre en alguno de los incisos precedentes respecto de otro tipo de entidades autorizadas a operar en cambios.
  • Cónyuge o conviviente (por unión convivencial inscripta) o parientes hasta segundo grado de consanguinidad o primero de las personas humanas comprendidas en los incisos anteriores.

En resumen, el BCRA busca ponerle trabas a las operaciones con Dólar MEP y Contado con Liqui (CCL). El Dólar MEP es una forma de comprar dólares en la bolsa: se adquieren bonos en pesos que también cotizan en moneda extranjera y se obtiene la divisa sin recurrir al mercado oficial. Por su parte, el contado con liqui es un mecanismo similar, pero en este caso los bonos o acciones se liquidan en el exterior, o sea que es necesario tener cuenta bancaria fuera del país.

Hasta el momento, estas restricciones solo se aplicaban a empresas. El BCRA buscar cortar con un tipo de operación conocida como rulo arbitraje que consiste en comprar dólares oficiales y venderlos en otros mercados financieros, como el crypto, en los que la cotización es mayor y por ende permiten obtener ganancias por un simple pasamano.

Fuente: Pagina 12

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