La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York resolvió mantener en suspenso la orden de la jueza Loretta Preska que obligaba a la Argentina a entregar el 51% de las acciones de YPF como parte de pago en el juicio por la estatización de 2012. La medida permite al país continuar con la apelación sin desprenderse de esos títulos ni de otros activos.
La decisión fue comunicada este viernes y respalda el pedido del Estado argentino, que había solicitado un stay para frenar la ejecución de la sentencia mientras se tramita la apelación. Según detalló en la red social X Sebastián Maril, de Latam Advisors, “las acciones del gobierno en la petrolera podrán permanecer en la Caja de Valores mientras la Corte resuelve la apelación”.
El fallo de primera instancia, dictado en septiembre de 2023, condenó al país a pagar USD 16.100 millones a Burford Capital y Eton Park por no haber realizado la Oferta Pública de Adquisición prevista en el estatuto de YPF. Con intereses diarios superiores a USD 2 millones, la deuda total ronda actualmente los USD 18.000 millones.
Burford Capital, un fondo especializado en comprar derechos de litigios, es el principal beneficiario del fallo. Además, impulsa un reclamo por “alter ego” para intentar demostrar que YPF y el Estado argentino son la misma entidad, lo que le permitiría ejecutar la sentencia sobre otras empresas estatales e incluso sobre las reservas de oro que el Gobierno envió al exterior en 2024. En ese marco, la jueza Preska ordenó entregar comunicaciones de los exministros de Economía Luis Caputo y Sergio Massa.
La Cámara de Apelaciones dispuso que el 25 de septiembre la defensa argentina presente su escrito con argumentos contra la orden de entrega de acciones. Las audiencias por la apelación de fondo, que busca revertir la sentencia entera de Preska, están previstas para la semana del 27 de octubre, luego de las elecciones legislativas.
Entre los argumentos de la defensa se destacan la violación del principio de cortesía internacional (comity), la inmunidad soberana —respaldada también por el Gobierno de EEUU— y el hecho de que las acciones están depositadas en Argentina y no vinculadas a la actividad comercial de YPF. “Los demandantes no lograron demostrar la existencia de un perjuicio en caso de que se suspenda la entrega de las acciones. La ley argentina prohíbe su venta sin la aprobación de dos tercios del Congreso Nacional”, señalaron los abogados del país.
Actualmente, Argentina mantiene dos apelaciones en paralelo: la del fallo de primera instancia que impone el pago millonario y la de la orden de turnover de acciones. En ambos casos, la Corte de Apelaciones deberá resolver a comienzos de 2026.
fUENTE: La Nueva Mañana