Denuncia del protocolo de violencia laboral en la secretaria de trabajo de la Provincia

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 El día viernes 2 de agosto nuestro sindicato, representado por la secretaria Gremial Susana Altamirano y quien suscribe, acompañados por El Dr. Eugenio BIAFORE y la Dra. Rocío GARRIDO, junto a los Sindicatos Regional de Villa María, Luz y Fuerza de Rio Cuarto y APSE, denunciamos frente a la Secretaría de Trabajo el Protocolo de Violencia que rige actualmente en la EPEC. 

                        La presentación realizada viene a dar potencia y fortaleza al camino que nuestro Sindicato ha comenzado, mediante las denuncias de aplicación de protocolo en cada uno de los casos denunciados frente a la autoridad laboral, por maltrato y/o violencia laboral a lo largo de estos tres últimos años por la Secretaría de Derechos Humanos.

                                      Creemos que un nuevo protocolo debe definir a la violencia en el trabajo como un riesgo psicosocial y consiste en toda acción u omisión, llevada a cabo en el ámbito o en ocasión de trabajo, que denote la manifestación de una conducta abusiva ejercida a través de las pautas organizativas de la institución, ámbito y/o lugar de trabajo y, especialmente, a los comportamientos, palabras, gestos y escritos que configuren maltrato, acoso, discriminación, injuria, amenaza, hostigamiento o cualquier otro tipo de conducta degradante que puedan atentar contra la personalidad, la dignidad o la integridad física, psíquica y/o moral de la persona, o que puedan poner en peligro su salud, empleo, función, o degradar el ambiente de trabajo.

                                   Hemos denunciado justamente que el protocolo vigente es un instrumento que hoy se desentiende de todo aspecto preventivo.   No existe hoy un ámbito de participación y consulta necesaria y permanente, al conjunto de los/as trabajadores/as. Son los/as que tienen la experiencia y el conocimiento cotidiano necesario para aportar -conjuntamente con otros especialistas etc.-, no sólo el listado de acciones de maltrato y violencia sino la prevención y la actuación frente a aquellas.   

                                 Por lo tanto, como primer eje presentado  en cada una de nuestras denuncias  hemos indicado como fundamental,  hacer variar  la perspectiva empresarial única para hacerla una perspectiva conjunta, empresarial y sindical,  en todas las fases que el protocolo describa: articulación de los mecanismos de prevención, actuación de la investigación en el desarrollo de las denuncias su seguimiento y sus consecuencias; observación y recolección de datos para programar y realizar políticas que tiendan a la tolerancia cero de violencia laboral en la EPEC. 

                                               Entendemos necesaria la conformación de un comité interdisciplinario paritario que actúe frente a la denuncia y que permita la comprobación de la existencia de violencia o maltrato y disponer en forma urgente las acciones preventivas necesarias.  Además, al momento de pensar las situaciones de reinserción y/o reubicación y/o cambio de tareas de las víctimas de toda forma de violencia debe asegurarse, mediante la decisión, de un ámbito de participación igualitaria de los trabajadores y de la empresa para un trato digno y eficaz. 

 Propugnamos además desde esta Secretaría, la incorporación de un mecanismo de participación de la víctima, en los procesos sumariales o en las investigaciones administrativas destinadas a la investigación y juzgamiento de conductas presuntivamente compatibles con el maltrato y/o la violencia de cualquier tipo en el ámbito de trabajo. Se trata de munir a la víctima de la posibilidad de controlar el proceso de investigación, presentar prueba, alegar y recurrir el resultado, dotándola de derechos fundamentales; así como también participar en el proceso de reubicación, reinserción, o cambio con perspectiva de género y de derechos humanos. Esto último aborda a que la reinserción laboral de los/as afectados/as no cuente con la posibilidad, solamente, de volver al lugar natural de trabajo, lo cual se imponga como regla, sino que se cuestione al mantenimiento de estructura jerárquica y/o el lugar de trabajo del denunciado que ha permitido, tolerado, o causado el maltrato. 

Esta perspectiva debe haber sido acompañada, y cubierta a partir del principio precautorio y prevencional que supone que, bajo ningún aspecto, ni las licencias, ni los tratamientos, ni el tiempo que transcurre para la recuperación del compañero la compañera víctima, puedan ser tomados como elementos que permita su reemplazo u otra limitación para el desarrollo de sus tareas laborales en el área que le correspondía. Además, proponemos la formación de un Observatorio de casos de violencia y recolección de datos para la creación de conocimiento estadístico de casos de violencia y toma de medidas y creación de políticas empresariales y sindicales que mitiguen la violencia en el ámbito laboral.

Alfredo Seydell, Secretario de Derechos Humanos de Luz y Fuerza Córdoba

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