Milei extendió el plazo para transformar empresas del Estado en sociedades anónimas

Milei
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El presidente, Javier Milei, emitió este lunes un decreto que extiende por 180 días el plazo para la transformación de las empresas del Estado en sociedades anónimas, en el marco de la emergencia pública declarada en diciembre de 2023.

En paralelo, aceptó la renuncia de Mauricio Miguel González Botto como Secretario de Empresas y Sociedades del Estado y designó en su lugar a Diego Martín Chaher, a partir de este lunes, quien estará encargado de este proceso.

La medida, oficializada a través del Decreto 553/2024, dispone extender por 180 días el plazo para transformar empresas del Estado en sociedades anónimas, argumentando la necesidad de abordar el grave “déficit fiscal” generado por las empresas públicas.

El proceso de transformación, que debía completarse en un plazo inicial de 180 días, se vio complicado por el estado administrativo de las organizaciones, muchas de las cuales no contaban con un análisis actualizado de su situación patrimonial ni con los instrumentos societarios registrados ante el Registro Público de Comercio.

Aun así, este mismo lunes el Gobierno ya decretó la transformación de la agencia de noticias Telam en una agencia de publicidad y propaganda, denominada Agencia de Publicidad del Estado (APE), que tendrá el carácter de Sociedad Anónima Unipersonal (SAU).

El Decreto 70/23, que estableció la emergencia pública en diversas áreas hasta el 31 de diciembre de 2025, también ordenó la modificación del estatus jurídico de las empresas públicas para convertirlas en sociedades anónimas bajo la Ley General de Sociedades N° 19.550. Sin embargo, el plazo previsto resultó insuficiente mientras en el Congreso se debatía la Ley Bases.

En el Boletín Oficial se publicó que “el Presidente de la Nación Argentina en acuerdo general de ministros decreta la prórroga término de 180 días el plazo previsto en el artículo 51 del Decreto N° 70/23“.

El artículo 51 estableció un “período máximo de transición de 180 días a partir del dictado del presente para que la Autoridad de Aplicación proceda a la aplicación del artículo 48 y la inscripción de las sociedades transformadas en los Registros Públicos de Comercio que corresponda”.

Por su parte, el artículo 48 del Decreto N° 70/23 dice que “las sociedades o empresas con participación del Estado, cualquiera sea el tipo o forma societaria adoptada, se transformarán en Sociedades Anónimas”.

La extensión del plazo permitirá cumplir adecuadamente con las disposiciones legales y avanzar en la implementación de la transformación ante “la gravedad” de las empresas. El decreto entra en vigencia a partir de este mismo lunes.

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