La justicia ordenó retirar a los policias que hostigaban a Milagro Sala internada

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Luego de que se presentara una denuncia ante el juez Emilio Cattan «en resguardo de los derechos a la salud» de Milagro Sala, el magistrado ordenó que se retiren los efectivos policiales que permanecían desde ayer en terapia intermedia donde la dirigente social está siendo tratada por una trombosis venosa profunda.

 




El equipo de salud integrado por la psicóloga Adriana Sonia Taboada y el médico legal Ariel Rossi, informó mediante un comunicado que Milagro estaba «custodiada por dos agentes de la policía, una mujer y un hombre, en la puerta de ingreso a la UCO/UTI, y un tercer agente femenino, al lado de su cama.


Ambos profesionales llegaron a Jujuy para evaluar la salud de Milagro Sala. Son profesionales convocados por la defensa de la dirigente social a partir de una pericia ordenada por el juez de ejecución penal Emilio Cattan a pedido de Sergio Lello, titular del Ministerio Público de la Acusación (MPA). Luego de visitarla, se dirigieron al juez de ejecución penal Emilio Cattan, a quien le manifestaron que no les resultaba posible hacer su trabajo «en esas condiciones».

El magistrado recibió la denuncia y ordenó, pasado el mediodía, que se retiren los efectivos policiales que la custodiaban. La presencia de la policía al lado de la cama, advirtieron los profesionales, «indudablemente configura una situación amenazante, de violencia psicológica y simbólica, de acoso y hostigamiento que impacta clara y directamente en su salud psíquica, generando angustia y desazón con repercusión en su cuadro clínico, tornando el pronóstico de su enfermedad más ominoso del que podría llegar a ser».

Además, afirmaron que «la presencia policial adentro de la sala también perturba la salud del resto de los internados, los que no son ajenos a esta situación ya que es una sala abierta, afectando derechos de la paciente Milagro Sala y del resto de los internados», y mencionaron como marco normativo la Ley de derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud N° 26.529, cap. 1, art. 2, inciso c y d).

Fuente : El Submarino Jujuy

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