A través de esta moratoria, las cooperativas y mutuales que adeuden documentación podrán ponerse al día presentando únicamente los últimos 3 balances, sin importar cuantos años de documentación adeuden. Así, las entidades tendrán la oportunidad de regularizar autoridades, acceder a subsidios y créditos estatales, volver a brindar productos y servicios, entre muchos otros beneficios.
Para acceder a la moratoria, las entidades deben inscribirse en el curso virtual “Pre admisión Programa Moratoria” disponible en la plataforma Trámites a Distancia de 3 módulos que las acompañará durante todo el proceso, sea o no pre-admitida la cooperativa o mutual.
¿CONSULTAS?
Enviá un correo electrónico a: [email protected]
Comunicarse por teléfono: 011-4124-9300 interno 3403
¿Quiénes se pueden inscribir?
- Entidades cooperativas y mutuales de 1ª grado
- Que estén vigentes o suspendidas (NO las que tengan retiro o revocación o cancelación)
- Que no sean cooperativas que realicen crédito ni mutuales que tengan reglamento de ayuda económica ni ninguna que realice gestión de préstamos
Somos una entidad suspendida ¿Podemos participar?
Si, las entidades suspendidas pueden participar. Durante el proceso se las guiará para realizar la Actualización Nacional de Datos (AND) y así levantar la suspensión.
¿Cómo se inscriben?
Por una de estas vías:
- A través del TAD (tramitesadistancia.gob.ar) como “Preadmisión Programa Moratoria”
- Presentando la documental en Mesa de Entradas (personalmente o por correo postal). Se deberá indicar en este caso una dirección de email para poder efectuar las notificaciones.
¿Qué documentación se debe presentar?
Documento que valide las últimas autoridades – con mandato vigente o no- (copia de la última acta de asamblea, última acta de distribución de cargos o último certificado de autoridades expedido por esta autoridad de aplicación en la que consten las últimas autoridades legítimamente electas) con carácter de declaración jurada en los términos de los artículos 109 y 110 del Dto. N° 1759/72 (T.O. Dto N° 894/2017).
Declaración de la existencia o no de bienes inmuebles y/o muebles registrables.
¿Cuál es el primer paso al iniciarse la preinscripción?
Realizar el curso que se dictará desde la Coordinación de Capacitación, ésta se comunicará con la entidad una vez pre inscripta. La realización del mismo puede ser por una sola de las autoridades que solicitan la preinscripción o bien todos los que así deseen hacerlo (sean autoridades o no). La cumplimentación de este requisito no implica la admisión en la moratoria.
Una vez recibida la pre inscripción se notificará al área de capacitación, desde donde se les indicará como inscribirse en el curso.
Fuente: argetina.gob.ar